En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud planteada por el representante Fiscal y Decreta a los Imputados DERWINSON EMILIO UGARTE, titular de la cédula de identidad Nº 18.605.617, venezolano; Natural de Coro, residenciado en la urbanización cruz verde, casa N° 5, calle 11 cerca del cerca de la iglesia el Nazareno de coro estado falcón, de 25 Años de Edad, soltero, de Profesión: comerciante, Nacido en fecha 04 de Octubre de 1980, Hijo de Juana de Ugarte y de Eugenio Ugarte, al ciudadano GREGORIO JESUS LARA, titular de la cédula de identidad Nº 14.655.233, venezolano; Natural de Coro, residenciado la urbanización cruz verde calle 2 sector 5, casa N° 30 frente al modulo policial de coro estado falcón, de 29 Años de Edad, soltero, de Profesión: obrero, Nacido en fecha 1.....