Por todas las razones expuestas este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: PRIMERO: Admite totalmente la Acusación Fiscal presentada contra el ciudadano EDGAR ALEXANDER NAVAS MAVAREZ, quien es venezolano, titular de la Cédula de Identidad N° 17.350.184, 22 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en calle Monzón al final cerca de la quebrada de Chávez, casa No. 54 familia Navas Mavarez, profesión u oficio obrero, fecha de nacimiento 23-02-1983, sus padres Miguel Navas y Maria Lourdes Mavarez, por considerar que están llenos los requisitos exigidos en el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia, se admiten las pruebas tanto documentales como testimoniales promovidas por el Ministerio Público. Una vez, admitida la acusación y las pruebas ofrecidas, la Jueza, impone al acusado de las .....