este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara sin lugar la solicitud de la defensa de Sobreseimiento e in admisibilidad de la acusación por las razones expuesta en la motiva de la presente decisión SEGUNDO: Se ADMITE la Acusación interpuesta por la Fiscalía Septima del Ministerio Público, contra el ciudadano: JESUS ALBERTO BULLON FEBRES, venezolano, titular de la cédula Nº V- 23.572.618 fecha de nacimiento 10-04-1992 de años 23 de edad, de estado civil concubino , profesión u oficio custodio domiciliado La Yaguara Vía Campo Carabobo, Frente al Safari Carabobo casa Nº 56, teléfono 0426-941.25.70. Por los delitos de CONCUSION y USO DE INFORMACION RESERVADA, previsto y sancionado en los Articulos 62 y 66 de la Ley Contra la Corrupcion, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y las pruebas ofrecidas por las partes, por considerar que los mismos resultan út.....