En consecuencia y por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa ana de Coro, Administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decreta con lugar la solicitud Fiscal y Decreta al ciudadano JESÚS ESTEBAN GUTIÉRREZ JIMÉNEZ, Titular de la Cédula de Identidad N° 15.558.131, 27 años de edad, de estado civil soltero, residenciado en el sector Sabana Larga, calle 7, cerca de la escuela, de color rosada, casa s/n, y el negocio donde trabajo esta ubicado en la Intercomunal Coro la Vela al lado de PROSEGUROS, de nombre La casa de los Chaguaramos, profesión u oficio artesano, fecha de nacimiento 28-12-1978, sus padres José Gutiérrez y Yolanda Jiménez, la medida Cautelar Sustitutiva de libertad de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 ordinal 3°, del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 15 días por ante este Tribunal, por .....