Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal y en consecuencia se Ordena la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano GUSTAVO ERNESTO TORRES ALBORNOZ venezolano, mayor de edad, de 28 años, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.938.834 de profesión u oficio vendedor, de estado civil soltero, domiciliado en el Sector San Benito, calle 27 con avenida 9, casa 10-09, color blanco, al lado del Liceo San Francisco, teléfono 0414-720-2639, Maracaibo Estado Zulia, por la presunta comisión del delito HOMICIDIO CALIFICADO, previsto en el numeral 1° del artículo 406 del .....