este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD del ciudadano imputado EDGARDO JOSÉ PENICHE, no posee cédula de identidad, de 24 años de edad, nacido en fecha 27-08-1985, de estado civil soltero, de Profesión u Oficio albañil, natural y residenciado en Urbanización Santa María calle 6 casa 9 diagonal a la venta de Pollo el Rincón de Nicho de esta ciudad de Coro, Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y SICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÓN MENOR previsto y sancionado en el tercer aparte del artículo 31 de la Ley Orgánica contra el Tráfico Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, por encontrarse llenos los requisitos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.