este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, DECRETA: PRIMERO: Con lugar la solicitud Fiscal y otorga LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de los imputados JOSE DANIEL PETIT COLINA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 25.783.242 y RAMON ANTONIO UGARTE SANDREA Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.629.950; por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, AGAVILLAMIENTO, previstos y sancionados en los artículos 458 y 286 ambos del Código Penal y USO DE FACSIMIL, previsto y sancionado en el articulo 114 de la Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en perjuicio de la ciudadana ROSA MEDINA y CESAR MEDINA, por encontrarse llenos los requisitos del artículo 236, 237 y 238 todos del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO:.....