Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA: PRIMERO: Se RATIFICA LA ORDEN DE APREHENSIÓN y en consecuencia, se decreta la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD al ciudadano CARLOS EDUARDO LUARTE ARIAS, Venezolano, mayor de de edad, Titular de la Cédula de Identidad N° V-20.212.615, de profesión Custodio, adscrito al Internado Judicial de San Juan de Los Morros, Ministerio del Poder Popular para el Servicio Penitenciario; domiciliado en la Calle Ampíes entre Calle El tenis y calle Progreso, Parroquia San Antonio, casa sin número, Municipio Miranda Estado Falcón, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFIC.....