En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: De conformidad con los artículos 256.3 y 258 del Código Orgánico Procesal Penal, impone al imputado GIANNI JESUS VILLEGAS OLIVERO, V-10.438.752 medidas cautelares sustitutivas de libertad, las cuales consistirán en la presentación de dos (2) fiadores de reconocida honorabilidad y buena conducta, que presenten constancia de trabajo donde acrediten que devengan una remuneración mensual igual o superior de 50 unidades Tributarias, así como copia de las cédulas de identidades, como también deberán comprometerse a cumplir las obligaciones que le imponga el Tribunal y suscribir el acta a la que se refiere el artículo 261 de la norma adjetiva penal. Una vez liberado deberá presentarse cada 30 días ante la sede de este Tribunal. SEGUNDO: Se acoge la precalificación Fiscal dada a los hecho.....