éste Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con Sede en Santa ana de Coro, administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley, ACUERDA de conformidad con lo establecido en los Artículos 24, 301 único aparte y 302, del Código Orgánico Procesal Penal DESESTIMAR LA DENUNCIA interpuesta por los ciudadanos ELIAS YANEZ IZAGUIRRE y FELIX CERZO SALCEDO, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad N° 4.732.845 y 8.778.540, respectivamente y residenciados en el Conjunto Residencial Juan Crisóstomo Falcón, Edf. Judibana, piso 3, apto 33, Santa Ana de Coro, Estado Falcón y en le Barrio San José, calle Agustín García, No 67-46, Parroquia San Gabriel Santa Ana de Coro, Estado Falcón, respectivamente; en fecha 27 de Julio de 2006, por ante la Fiscalía Superior de este Estado, en contra del ciudadano JOSE LEONARDO CHIRINOS, en virtud de que los hechos plasmados en el referido escrito y que pertenecen ind.....