En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Penal de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se ADMITE totalmente la acusación Fiscal presentada por la Fiscalía 4º del Ministerio Público en contra del ciudadano ANTOMAG SVETROSKY LUGO HERMAN, venezolano, mayor de edad, soltero, cedula de identidad V- 14.655.231, ocupación marino mercante, residenciado el en el Barrio Colombia Sur, entre las calle 5 y 7, casa s/n color verde, teléfono 0268-404-7758 la Vela de Coro, Municipio Colina Estado Falcón, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y OBSTRUCCIÓN DE LA VÍA PÚBLICA, previsto y sancionado en el artículo 218 y 357 del Código Penal, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO; ello por llenar los extremos del artículo 308 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: Cesa la medida cautelar.....