Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, PRIMERO: DECLARA con lugar la solicitud impetrada por la Abogada ISABEL MONSALVE DE LILO en su condición de Defensora del ciudadano EDIXON JULIO CADENAS. SEGUNDO: Se cambia el domicilio del imputado desde la calle Garcés con calle Ampíes y Comercio casa N° 18 de esta ciudad hasta la Calle Norte con Duvisí y Sierralta, casa N° 12 en esta ciudad cuyo propietario es el señor Coromoto Sierra. TERCERO: Se ordena notificar a las partes y librar el correspondiente el oficio respectivo. Remítanse las presentes actuaciones a la Fiscalía Séptima del Ministerio Público para que sean agregadas al asunto principal.
Publíquese, regístrese, diarícese y notifíquese a las partes.-
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL,
ABG. BELKIS ROMERO DE TORREALBA.
LA SECRET.....