En consecuencia, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara con lugar la solicitud planteada por el representante Fiscal y Decreta a los Imputados WILLIS ALEXANDER HUMBRIA ESPINOZA, venezolano, natural de Coro, Estado Falcón, portador de la cédula de identidad personal número V.12.184.84, de 34 años de edad, nacido el 18/08/72, como grado de instrucción, 5° año de bachiller, domiciliado en cuarta avenida del sector 23 de enero, Casa N° 66, Maracay, Estado Aragua de profesión u oficio militar activo, de estado Civil, casado hijo de carmen espinosa y máximo Humbría; HADDER ACURERO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 12.588.752, residenciado en la Urbanización las Velitas II, vereda 43, casa 42 y JAIRO JAVIER COLMENARES GALENO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 13.530.392, residen.....