este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Co ntrol del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra el ciudadano ALEXANDER JESUS CAMEJO COLINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No.18.480.741, con motivo de la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453 Ordinales 3° Y 4° del Código Penal Venezolano vigente, en perjuicio de la ciudadana GRACE MARIA FONSECA DE MASEDA, y declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo previsto en el artículo 300 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el artículo 49 numeral 8 ejusdem, por cuanto la acción penal se ha extinguido.