Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud presentada por el ABG. NEUCRATES LABARCA, en su carácter de Fiscal Segundo del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos JOSE GREGORIO MARIN Y JONATHAN ROMERO, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, delito, previsto y sancionado en el artículo 453 del Código Penal en perjuicio de GERARDO RAFAEL HENRIQUEZ. Dicha medida consistente en presentaciones cada 8 días por ante este tribunal y la prohibición de salida del Estado Falcón; conforme a los ordinal 3° y 4° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda que la presente causa se siga tramitan.....