Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida contra del ciudadano: JOSÉ RAFAEL LÓPEZ PENSO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.524361, residenciado en la calle Vuelvan Caras Nº 89, sector Pantano Abajo entre calle Colón y Hospital de esta ciudad de Coro, por la presunta comisión de uno de los delitos Contra la Propiedad específicamente ESTAFA POR EMISIÓN DE CHEQUE SIN PROVISIÓN DE FONDO, previsto y sancionado en el último aparte del articulo 464 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio del ciudadano RÓMULO ACOSTA PORTILLO, y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal y el artículo 40 ordinal 1° ejusdem y el 48 ordinal 6° ib.....