este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: Primero: Declara con lugar la solicitud Fiscal. Segundo: Impone a la ciudadana INDIRA JOSEFINA JATAR, titular de la Cédula de Identidad No. 11.477.814, de 36 años de edad, nacido en fecha 07-11-1972, de estado civil Divorciada, de Profesión u Oficio Licenciada en Recursos Materiales y Financieros, natural de Coro Estado Falcón y residenciada Avenida Los Orumos, calle Agustín García, casa No. 4, detrás del Estadio Teto Colina, número de teléfono 0268-2511376, la medida cautelar sustitutiva de libertad prevista en los artículo 256.3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la obligación de presentarse ante este Tribunal cada siete (07) días y la cual se consumara con la presentación de caución personal de dos (02) fiadores todo de conformidad con lo establecido en el artículo 258 del Có.....