este Tribunal Segundo de Control, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara extinguida la acción penal en el asunto seguido contra de la ciudadana MEDINA BRACHO CRISTINA RAFAELA, venezolana, 30 años de edad, de Profesión Estudiante, titular de la cédula de identidad N° 13.901.771, con domicilio en Urb. Los Medanos, Manzana B6¿7, dos casas antes de la cancha, 0416-015-1245, por el Delito de ULTRAJE SIMPLE, contenido en el numeral 1° del artículo 222 del Código Penal Vigente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo establecido en el ordinal 7° del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de acuerdo a lo pautado en el ordinal tercero del artículo 318 Ejusdem. Se ordena oficiar a la Oficina de la Sala Situacional del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalísticas, Sistema de Información Policial (SIIPOL), a los fines de l.....