Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto Penal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, Decide: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud Fiscal y se aplica el procedimiento por consumo de sustancia estupefacientes al ciudadano JORGE JOSÉ MACHO RIVAS, de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V- 19.252.505, se impone a dicho ciudadano la obligación de asistir cada dos (02) meses por un lapso de Seis (06) meses, ante al departamento de toxicología del CICPC de esta ciudad, a los fines de determinar si ha continuado consumiendo sustancias estupefacientes, de conformidad con lo previsto en los artículos 110, 128 y 129 de la Ley de Orgánica de Drogas, en segundo lugar se impone al ciudadano la obligación de asistir al Centro de Orientación Familiar ante la ONA,.....