Tribunal 4º de Control de la Circunscripción judicial Penal del estado Falcón, con se de en Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DESESTIMA POR DEFECTO EN SU PROMOCIÓN la acusación presentada por el Ministerio Público en contra de los imputados YEFRIS MANUEL VARGAS MIRANDA y EDGAR SEGUNDO HERNANDEZ VALLES, por la comisión del delito, para el primero de los nombrados, Homicidio Calificado Frustrado en grado de Cooperador Inmediato, previsto en el artículo 406, en relación con los artículos 80 y 84.1 del Código Penal, y, para el segundo, Homicidio Calificado Frustrado en grado de Cooperador Inmediato, previsto en el artículo 406, en relación con el artículo 80 del Código Penal en consecuencia, DECRETA el SOBRESEIMIENTO provisional conforme al artículo 20 ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal y ORDENA el cese de la medida de coerción personal que hasta la presente fecha pesa sobre los imputados, valga decir, la pr.....