Por todo lo antes expuesto este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud fiscal y en consecuencia se RATIFICA contra el ciudadano GREGORY JOSE UGARTE HURTADO, titular de la cédula de identidad Nº V-25.613.243, venezolano, plenamente identificado en actas, la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACIÒN DE LIBERTAD en virtud de encontrarse llenos los extremos de los artículos 236, 237 y 238, del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de ley del Código Orgánico Procesal Penal, ello por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO, previsto en el articulo 406 numeral 1° del Código Penal vigente, se fija como sitio de reclusión la Comunidad Penitenciaria de la ciudad Coro, se ordena librar oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y C.....