Basados en las consideraciones que anteceden, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO seguido contra la ciudadano ADELAIDA DEL CARMEN SALAZAR DE OLLARVES, quien es Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.341.703, por la presunta comisión del delito de: LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el articulo 418 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio de la adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNA , y Declara Extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el articulo 45, el ordinal 3° del artículo 318 y el artículo 48 ordinal 7° todos del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese, Notifíquese y Remítase la causa al Archivo Judicial en la o.....