Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Penal en funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DE LA CAUSA a favor del ciudadano HECTOR JOSE REYES MEDINA, cédula de identidad Nª: 24.621.690 por el delito de HOMICIDIO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 409 del Código Orgánico Procesal Penal por cumplimiento de las condiciones impuestas por la suspensión condicional del proceso, y se declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en los artículos 46, 48 ordinal 7º, 300 ordinal 3º y 361 todos del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal.