Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Se decreta Con Lugar la solicitud Fiscal, y consecuencia se impone la MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, de conformidad con los artículos 236, 237, 238 del Código Orgánico Procesal Penal, al ciudadano JAVIER JOSÉ ROJAS MARTINEZ, titular de la cédula de identidad Nº 22.180.044, por estar presuntamente incurso en los delitos de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, USO DE FACSIMIL previsto y sancionado en el artículo 114 Ley para el Desarme y Control de Armas y Municiones y USO DE DOLESENTE PARA DELINQUIR previsto y sancionado en el artículo 264 de Ley Orgánica de Protección de Niño, Niña y Adolescente, previsto y sancionado en el artículo 112 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas.....