este Tribunal Cuarto de Control de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal de Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA: PRIMERO: Sin Lugar la solicitud del Ministerio Público y con lugar la solicitud de la Defensa Pública se decreta la LIBERTAD al ciudadano: RONALD JOSE RIERA, titular de la Cedula de Identidad Nº 21.668.262, nacido en fecha 24 nde Septiembre de 1989, Venezolano, Mayor de edad, Natural de Santa ana de Coro, Estado Falcón, Hijo de Nelly Riera, de profesión u Oficio obrero; Domiciliado en el barrio Pueblo Nuevo calle principal, cerca de tránsito Terrestre, casa color Rosada con lajas decorativas de la ciudad de Coro, Estado Falcón, bajo la imposición de la Medida Cautelar Sustitutiva de libertad consistente en la presentación cada 15 días por ante este Circuito Judicial Penal, todo de conformidad a lo previsto en el ordinal 3ero del artículo 256 del Código Orgánico Proc.....