Por las razones antes expuestas, este Tribunal Penal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO del asunto seguido contra los ciudadanos BERTA BEATRÍZ SALAS YÁNEZ, MEDINA DE VILLASMIL LOURDES MARIA, HECTOR ENRIQUE RIVERO MOYA, MACHADO AVILA FELIPE GREGORIO Y MORELA JOSEFINA SÁNCHEZ DE ALBARRACIN, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 4.454986, 3.683701, 9.513055, 9.504264 y 9.505903, respectivamente, con motivo de la presunta comisión de uno de los delitos CONTRA LA COSA PÚBLICA, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, conforme a lo previsto en el ordinal 1° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, publíquese, notifíquese y remítase la causa al Archivo Judicial en la oportunidad legal correspondiente.
LA JUEZA CUARTO DE CONTROL
DRA. EVELYN PÉREZ LEMOINE
EL SECRETARIO
ABG. PEDRO TEO BO.....