ESTE TRIBUNAL CUARTO DE CONTROL EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, RESUELVE: PRIMERO: Declara CON LUGAR la solicitud fiscal y se le impone al ciudadano HERMES MIGUEL MORENO, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, consistente en la presentación periódica cada sesenta (60) días por ante este Tribunal conforme a lo previsto al artículo 242, punto tres del Código Orgánico Procesal Penal. En esta misma oportunidad se fija la Audiencia Preliminar para el día JUEVES 25 DE MAYO DE 2017 A LAS 11:30 HORAS DE LA MAÑANA, quedando todos los presentes en sala notificados. SEGUNDO: Líbrese Boleta de LIBERTAD del ciudadano HERMES MIGUEL MORENO. En este estado el ciudadano HERMES MIGUEL MORENO manifiesta que se compromete al cumplimiento de esta medida, conforme al artículo 246 del Código Orgánico Procesal Penal, en pleno conocimiento de las consecuencias que por incumplimiento acarreen. TERCERO: Quedan las partes a derecho y en conocimiento que la determina.....