este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: DECLARAR PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud de Imposición de Medida Cautelar Preventiva Privativa de Libertad y de Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad presentada por el Fiscal Primero del Ministerio Público del Estado Falcón e Impone al ciudadano, JOHAN SANCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 19.551.377, la Medida Cautelar prevista en el numeral 1° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la detención domiciliaria en la residencia ubicada en el Barrio San José, entre Maparari y Sucre, casa s/n Coro Estado Falcón; y al ciudadano ABRAHAM VELAZQUEZ VASQUEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 14.562.403 la Medida Cautelar prevista en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente .....