Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley del Código Orgánico Procesal Penal a los ciudadanos TIOLY JOSE GARCIA CASTILLO, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-27.384.521 y el ciudadano JOSE RAMON NAVEDA, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº V-25.371.754. Para el ciudadano TIOLY JOSE GARCIA CASTILLO, por estar incurso en el delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO previsto y sancionado en el artículo 112 de La Ley para el Desarme, Control de Armas y Municiones y JOSE RAMON NAVE.....