Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de revisión de medida interpuesta por la defensa técnica del ciudadano PASTRAN CAMPOS ALEXIS JOSE, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° 18.103.912, domiciliado en la Av. Principal DEL Barrio la Apostoleña, sector 02, casa N° 30 (banca de lotería), Barquisimeto, Estado Lara y en consecuencia se sustituye la Medida de presentación previstas en los numerales 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, cada sesenta días (60) días por ante este Circuito Judicial Penal.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
LA JUEZ CUARTO DE CONTRO
ABG. ZENLLY URDANATA DE NAVA
LA SECRETARIA
ABG. .MARIA EUGENIA RODRÍGUEZ