Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Impone al ciudadano: FRAYDE LEONEL DIAZ, venezolano, mayor de edad, Domiciliados en el Sector San José, Calle Raúl Leoni, Casa Nro. 10, Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 9.528.848, de las medidas cautelares contempladas en los ordinales 3º y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan notificadas las partes de la presente decisión por encontrarse presentes. Remítanse con Oficio las presentes actuaciones a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal del Estado Falcón a los fines de su respectiva distribución al Tribunal de Juicio a quien corresponda. Cúmplase.
El Juez Cuarto de Control
Abg. HELY SAUL OBERTO REYES
El Secretario
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