este Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, Decreta con lugar la solicitud de Sobreseimiento de la presente Causa seguida en contra de los ciudadanos JOSE ALFREDO PEROZO LOPEZ, RAMON ANTONIO ROMERO Y GERARDO ANTONIO ROJAS REYES, Venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 17.349.790, V- 12.586.744 y V- 6.723.340, respectivamente, de conformidad con lo establecido en el artículo 318 ordinal 3º del Código Orgánico Procesal Penal en concordancia con el ordinal 8° del artículo 48 ejusdem y el 455 del Código Penal, por considerar que la acción penal se ha extinguido