Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, administrando justicia en nombre de la republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida en contra del ciudadano: GIOVANNY RAFAEL PACHECO SANCHEZ. antes identificado y declara EXTINGUIDA LA ACCION PENAL POR PRESCRIPCION, de conformidad con el articulo 108 ordinal 4° del CODIGO PENAL VENEZOLANO en concordancia con lo establecido en los artículos 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal y el articulo 48 ordinal 8° Ejusdem. En consecuencia, se acuerda librar oficio anexando copia certificada de la presente decisión al Cuerpo de Investigaciones Científica, Penales y Criminalísticas, a los fines de que dicho ciudadano sea excluido del sistema computarizado que lleva ese despacho en el expediente N° T-II-94-9458 Notifíquese a las partes. Cúmplase.
La Juez Segundo de Control
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