DISPOSITIVA
En consecuencia de ello este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley ACUERDA Decretarle a la imputada SINDY CAROLINA GONZALEZ CARPIO, por lo cual se le solicito se identificará, dijo ser y llamarse como queda escrito, VENEZOLANA, Cedula de identidad N°19.535.624, natural de Maracaibo, Estado Zulia, de Profesión u Ocupación ama de casa, edad 18 años, hijo de Olga Gutiérrez y Ramón González, nacido en fecha: 17-07-88, soltera, residenciado en: Residenciada en Creolandia Calle Principal N° 15, Diagonal al Abasto 1° de Mayo la Libertad y le impone a la Imputada la Medida Cautelar Sustitutiva establecida en el artículo 92 ordinales 8° de Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, Consistente en prohibición de acocarse a la Victima, a su sitio de trabajo o estudio, tramítese el presente asunto por el procedimiento Ordinario y remítase a la Fiscalía del.....