Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en los artículos 301 y 302 del Copp, DECRETA LA DESESTIMACIÓN DE LA PRESENTE DENUNCIA INTERPUESTA POR EL CIUDADANO VICTOR HUGO RONDON CAREW, de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 10.971.744, residenciado en la calle Artigas entre Ruiz Pineda y Bolívar, Quinta Mis Leidy, Segunda Planta, Punto Fijo Estado Falcón; en consecuencia, se ordena notificar a las partes y la remisión de las presentes actuaciones al Despacho Fiscal de origen. Cúmplase.
El Juez Titular Segundo de Control
Abg. Kervin E. Villalobos M.
La secretaria,
Abg. Rita Cáceres.