PRIMERO: ACUERDA con lugar la solicitud de la defensa Publica Quinta y se le amplia en el régimen de presentación a 45 días a partir de la presente publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 242 ordinales 3º del Código Orgánico Procesal Penal, por la presunta comisión de los Delitos de Aprovechamiento de Vehiculo proveniente de Hurto o Robo, previsto y sancionado en el articulo 9 de la ley sobre el Hurto y Robo de vehículos Automotores. SEGUNDO: Líbrese la correspondiente Boleta de c Notificación. Es todo,
JUEZ SEGUNDO DE CONTROL
ABG. ARNALDO OSORIO PETIT
LA SECRETARIA
ABG GLORIANA MORENO