En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, con fundamento en los artículos 29 y 271 constitucionales, acuerda improcedente la solicitud de sustitución de la medida de privación judicial de libertad del ciudadano ELIESER RUBEN MADRID, identificado en autos, actualmente recluido en la sede del Internado Judicial. Notifíquese el presente auto. Cúmplase.