Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal Estadal y Municipal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Resuelve:
Conforme a lo dispuesto en el artículo 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, se decreta la medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad al ciudadano ALEXIS JOSE RIOS RIOS, de nacionalidad venezolana, natural Punto Fijo, Estado Falcón, fecha de nacimiento 28/03/1994, de 19 años de edad, estado civil soltero, titular de la cédula de identidad Nº 27.663.892, de ocupación u oficio herrero y domiciliado en Nuevo amanecer, calle concordia, casa No. E-37, de bloque, sector los rosales, de la ciudad de Punto fijo Estado Falcón, teléfono 0412-7716835, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO y APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, todos previs.....