V
DECISIÓN
Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Control del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: QUELUHI JASIEL LUGO LOYO quien no porta documentación personal y dice ser y llamarse como queda escrito, de nacionalidad venezolana, titular de la Cédula de Identidad N° 16.198.068, de 27 años de edad, nacido en fecha 29-07-81, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Luís Lugo (Difunto) y Margot Loyo, natural de Punto Fijo, y residenciado en la Calle San Francisco Javier, Casa N° 16, por la entrada del Colegio San Francisco Javier, Barrio Bolívar, Punto Fijo, Estado Falcón. Conforme al artículo 44 del Código Orgán.....