En consecuencia este Tribunal Segundo de control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo. Administrando Justicia en Nombre de La República y por Autoridad de la Ley Declara con lugar la solicitud formulada por la representación fiscal, y por cuanto los imputados se encuentran en Libertad, de conformidad a lo previsto en los articulos 256, del Código Orgánico Procesal Penal Decreta Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad prevista en el, Ordinal 3°, consistente en la presentación periódica por ante este Tribunal cada 15, días, a los ciudadanos: Sabiel Rafael Goitía López , venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N°. V- 18.449.624, y Alex José Montero Goitía, venezolano, mayor de eda titular de la cédula de identidad N° 15.980.746, identificados plenamente en las actuaciones por la presunta comisión del delito de HURTO de VEHÍCULO AUTOMOTOR, previsto y sancionado en el artículo 5, de la Ley Sobre Hurto y Robo de Vehículos Automoto.....