éste tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcon, con sede en ésta ciudad de Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República y por la Autoridad que le Confiere la Ley; Decreta la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra los ciudadanos; Nino Roberto Celeste Chirino, por la presunta Comisión de los delitos de Robo Agravado y Resistencia a la Autoridad, previstos y sancionados en lao artículos 460 y 219 numeral primero del Codigo Penal Venezolano; y de Alberto José Salas Goitia y Jean Carlos Arteaga Naranjo, por la presunta comisión de los mismos del Delito de Robo Agravado en grado de Cooperadores Inmediatos, a tenor de lo dispuesto en lel artículo 83 del Codigo Penal Venezolano; todos ellos cedulados con los numeros Nº15.980.080, 11.770.395 y 15.386.753, y residenciados en ese mismo orden de mención; en la Calle N°2, Casa N° 12, Sector 02, del Antiguo Aeropuerto; en la Vereda 08, Sector 05, Calle Diagonal a los apartamento.....