Por todo lo antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal, extensión Punto Fijo, del Estado Falcón Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley RESUELVE.
ÙNICO: Conforme a lo previsto en la sentencia emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, declara SIN LUGAR la solicitud hecha por el abogado JESUS TADEO MORALES, Defensor Público Primero del Estado Falcón, en ocasión al decaimiento de la Medida de Coerción personal, a favor del acusado JOSE GREGORIO DAVILA SANCHEZ a quien se le instruye la presunta comisión del delito de VIOLACIÓN EN GRADO DE CONTINUIDAD Y LESIONES GRAVISIMAS, previstos y sancionados en los artículos 376, en concordancia con el articulo 99 y el 416 todos del Código Penal Venezolano vigente para el momento de los hechos, en perjuicio del menor MARCO ANTONIO DAVILA SANCHEZ. ASÍ SE DECIDE. Registrase.