En resumidas cuentas, de lo antes razonado y debidamente analizado, éste Tribunal segundo de Juicio del circuito Judicial penal del estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere la Ley, decreta en el presente caso, el DECAIMIENTO DE LA MEDIDA CAUTELAR de Presentación cada 15 días que pesa sobre el acusado CARLOS NORBERTO TOVAR SILVA, cedulado 12.993.121, de 33 años de edad, DOMICILIADO según cambio de domicilio en el sector Bella Vista, calle comercio, casa Nº 37-A de esta ciudad de Punto Fijo, toda vez el exceso en el tiempo del mantenimiento de tal medida, sin que se haya solicitado la prorroga respectiva, así como sin haber sido imputable la mayor parte la misma al transcurso del tiempo bajo ésta medida, al acusado o a su defensor, a tenor de lo contemplado en el artículo 244 del Copp.