Como consecuencia de lo antes motivado y suficientemente razonado, éste Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República y por la Autoridad que le confiere declara. CULPABLE al acusado: ALBERTO JOSÈ SANTELÌZ, venezolano, mayor de edad, natural de Punto Fijo, titular de la cédula de identidad personal Nº 19.879.319, de 23 años de edad, nacido en fecha 11-05-86, de profesión albañil, hijo de Rosa de Santelíz y Martín Santelíz, domiciliado en la Avenida Ramón Ruiz Polanco, sector Josefa Camejo, casa Nº 400, entre calles las flores, a cuatro casas del Auto lavado Lisandro, Teléfono: 0269- por la comisión del delito de ROBO PROPIO, previsto y sancionado en el artículo 457 del Código Penal, y se le Condena a cumplir la pena de CUATRO (04) AÑO DE PRISIÓN. Se fija como fecha Provisional para la Culminación de la Condena el día 30-11-2013, sin perjuicio del cómputo de pena que efectuará .....