Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Unipersonal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve: Conforme al procedimiento Especial por Admisión de los Hechos previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al ciudadano NELSON RAMÓN ESTREDO, venezolano, natural de esta ciudad, nacido en fecha 13-10-57, de 49 años de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 5.752.049, de estado civil casado, de oficio marino, residenciado en la Urb. Las Margaritas, sector 01, Punto Fijo Estado Falcón, por la comisión del Delito de HURTO SIMPLE previsto y sancionado en el artículo 451 del Código Penal vigente, a cumplir la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, pena esta que deberá cumplir en el recinto penitenciario que a bien disponga el respectivo Juez de Ejecución .....