Por todo lo expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, resuelve: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD DE ARRESTO DOMICILIARIO, prevista en el ordinal 1° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, a los ciudadanos VICTOR EDUARDO ESPINOLA MARTINEZ, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 21-11-78, titular de la cédula de identidad Nro. 13.277.265 quien reside en la calle Nro. 06, casa Nro. 102, Las Adjuntas, Los Teques Estado Miranda y OLIVER JOSE JIMENEZ BARRIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.103.365 nacido en fecha 23-10-73 residenciado en la Urbanización Carabobo, calle 100, casa Nro. 145, Quinta Yaneth Valencia Estado Carabobo.
En consecuencia, se ordena librar la correspondiente Orden de Aprehensión en contra de los referidos acusados, c.....