Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, revisada como ha sido la medida de privación de libertad impuesta actualmente al ciudadano Roxi Alberto Córdoba Garcia, niega la sustitución de la misma conforme a lo previsto en el artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese la presente decisión. Cúmplase.
El Juez Segundo de Juicio
Abg. Kervin E. Villalobos M.
La Secretaria,
Abg. Glayza Reyes Medina.