Verificados como han sido los requisitos establecidos en la norma adjetiva penal para que proceda la Suspensión Condicional del Proceso, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en funciones de Juicio del Circuito Judicial penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, Acuerda la Suspensión Condicional del Proceso en la presente causa instruida al ciudadano: EXAVIER JOSUE PINEDA SIBADA, titular de la cédula de identidad Nro. 13.662.920, Profesión: Descargador, fecha de nacimiento: 08-11-1976, residenciado en el Sector Antiguo Aeropuerto, Calle 17, Casa S/N, Punto Fijo Estado Falcón y conforme al artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, le impone las siguientes condiciones:
1° Prohibición de visitar lugares donde se expendan bebidas alcohólicas, 2° Abstenerse de abusar del consumo de bebidas alcohólicas.
3° Deberá permanecer en el trabajo o empleo que tiene actualmente.
4° No podrá poseer o po.....