Por todas las razones de hecho y de derecho antes expuestas este Tribunal Segundo de Juicio de Primera Instancia en lo Penal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Admistrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA DE LIBERTAD al ciudadano JULIO ALEJANDRO OSS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, nacido en fecha 23-08-74, titular de la cédula de identidad Nro. 12.164.201, domiciliado en el Barrio 23 de Enero, casa Nro. 26 cerca de un Abasto, de esta Jurisdicción del Estado Falcón; por soncisguiente; se acuerda librar Orden de Aprehensión en su contra, para que una vez aprehendido sea puesto a la orden de este Tribunal a fin de imponerlo de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 262 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal.
En consecuencia líbrese la correspondiente Orden de Aprehensión con oficio a todos los cuerpos de seguridad del Estado. Noti.....