ASI SE DECIDE.
Por todo lo antes expuesto Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, Extensiòn Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA:
PRIMERO: LA INTERRUPCION del juicio oral y público seguido en contra del acusado CARLOS JAVIER LOPEZ MEDINA, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 408.1º del Código Penal vigente para la fecha de ocurrencia de los hechos, y LESIONES INTENCIONALES, previsto y sancionado en el artículo 417 Ibidem, para el momento en que ocurrieron los hechos, con la circunstancia agravante del artículo 77.11º Ejusdem. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Se ordena la realización de un nuevo juicio oral y público, para el día 14 de marzo de 2012 a las 02:30 de la tarde. ASI SE DECIDE.
Publíquese, Registrase, notifíquese la presente decisión. CUMPLACE.-
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